What entry, registration or residence-document formalities remain?
The person applies before entering or at the latest within three months of entry, at the Spanish consulate for the previous EU residence or directly at the immigration office, with proof of EU long-term resident status, passport and fee receipt. A decision is due within two months, and no reply means refusal. If granted, the person must enter within three months and, for gainful activity, register with Social Security within three months, and must request the TIE in person within one month; the card is valid for 5 years.
See recorded sources
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
2. La solicitud podrá ser presentada con anterioridad a la entrada en territorio español y, como máximo, en el plazo de tres meses desde que se efectúe dicha entrada.
Se presentará, dirigida a la oficina de extranjería de la provincia en que se vaya a residir o
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
, ante la oficina consular española correspondiente al lugar previo de residencia en la Unión Europea o directamente ante la propia oficina de extranjería.
3. A la solicitud se acompañará:
a) Documentación acreditativa de su condición de residente de larga duración-UE en otro Estado miembro de la Unión Europea.
b) Copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, del extranjero.
c) Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento.
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4. El órgano competente resolverá sobre la solicitud y notificará en el plazo máximo de dos meses. Transcurrido dicho plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
5. Concedida, en su caso, la autorización, la persona extranjera deberá entrar en España en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución, de no encontrarse ya en territorio español.
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El alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social deberá producirse dentro del plazo de tres meses desde la notificación de la concesión.
7. La persona extranjera deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde que la autorización cobre vigencia. La vigencia de la tarjeta de identidad de extranjero será de 5 años.