What other major conditions apply, how is the status obtained, and what renewal, document-validity, retention or loss rules matter?
Applicants in Spain file on the official form with the immigration office of the province where they live (or, where prior residence is not required, where they will settle); applicants abroad file in person at the consulate for their area. The application is filed during the two months immediately before the current residence authorisation expires, accompanied by a copy of a valid passport, travel document or registration card and proof of fee payment. The authority must decide and notify within three months of receipt; after that period the application is deemed granted. Once granted, the applicant must apply in person for the foreigner identity card within one month of notification. The card is first renewed after five years, then every five years until the holder turns thirty and every ten years afterwards; failing to apply for card renewal on time never extinguishes the national long-term residence authorisation, although the office checks that the conditions of access are still met. The long-term authorisation is extinguished, among other listed cases, if obtained fraudulently, on an expulsion order, or after absence from EU territory for twelve consecutive months.
See recorded sources
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
1. Las personas extranjeras que se encuentren en territorio español y se hallen en alguno de los supuestos recogidos en el artículo anterior deberán dirigir su solicitud, en modelo oficial, a la oficina de extranjería de la provincia donde residan o, en el caso de que no se requiera la condición previa de residente en España, de la provincia en la que vayan a fijar su residencia.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
Las personas extranjeras que no se encuentren en territorio nacional deberán presentar personalmente la solicitud ante la oficina consular en cuya demarcación residan, que dará traslado a la oficina de extranjería competente para su instrucción, que se corresponderá con la de la provincia en la que vayan a fijar su domicilio en España.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
2. La solicitud de autorización de residencia de larga duración nacional deberá presentarse durante los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de expiración de su autorización de residencia.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
3. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
a) Copia del pasaporte completo en vigor o título de viaje o cédula de inscripción del solicitante en vigor.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
b) Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
6. En el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la solicitud, el órgano competente resolverá y notificará.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
Transcurrido dicho plazo, se entenderá que la solicitud ha sido estimada.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
7. Concedida, en su caso, la autorización de residencia de larga duración nacional, la persona extranjera deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
1. Las personas extranjeras que sean titulares de una autorización de residencia de larga duración nacional deberán solicitar la primera renovación de la tarjeta de identidad de extranjero a los cinco años.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
La segunda renovación y las sucesivas renovaciones de la tarjeta de identidad de extranjero se solicitarán cada cinco años hasta que el titular cumpla los treinta años de edad y cada diez años una vez los haya cumplido.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
3. La no presentación de solicitud de renovación de la tarjeta de identidad de extranjero en los plazos establecidos en el apartado anterior no supondrá en ningún caso la extinción de la autorización de residencia de larga duración nacional, si bien la oficina de extranjería competente comprobará que se mantienen las condiciones que les dieron acceso a la autorización.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
1. Se producirá la extinción, mediante resolución del órgano competente para su concesión, por la pérdida o retirada de la autorización de residencia de larga duración, en los casos siguientes:
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
a) Cuando la autorización se haya obtenido de manera fraudulenta.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2024/11/19/1155/con
b) Cuando se dicte una orden de expulsión en los casos previstos en la Ley.
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c) Cuando se produzca la ausencia del territorio de la Unión Europea durante doce meses consecutivos.