What other major conditions apply, how is the status obtained, and what renewal, document-validity, retention or loss rules matter?
Applicants must, among other conditions, have no criminal record and, if granted, must withdraw their international-protection application or pending appeal. Applications were open until 30 June 2026. Two months before the one-year authorisation expires, holders may apply for a modification under article 191; exceptionally, if no modification is possible, a one-year extension is available with active job search registered with the public employment service or a regional integration-effort report; where serious illness, disability or retirement age prevents employment, the extension lasts four years and counts as an extension of an extraordinary-arraigo authorisation.
See recorded sources
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2026/04/14/316
f) Carecer de antecedentes penales en los términos establecidos en el artículo 126 d).
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2026/04/14/316
4. En caso de que el procedimiento se resuelva favorablemente, la persona extranjera deberá desistir de su solicitud de protección internacional, o, del recurso que, en su caso, hubiere interpuesto y se encontrase pendiente de resolución.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2026/04/14/316
6. La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razón de arraigo podrá ser solicitada hasta el 30 de junio de 2026, por la persona extranjera, personalmente o mediante representación, ante las oficinas públicas de la provincia en la que resida que estén habilitadas para ello, o a través de los medios electrónicos disponibles, en los términos previstos en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y en el artículo 197.4 de este reglamento.
- https://www.boe.es/eli/es/rd/2026/04/14/316
Durante los dos meses previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización de residencia, los titulares podrán solicitar una modificación conforme al artículo 191 de este reglamento. La presentación de la solicitud prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador de conformidad con el artículo 52.b) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
Excepcionalmente, si no se pudiera solicitar una modificación conforme a este reglamento, esta autorización podrá ser prorrogada siempre y cuando se acredite estar en búsqueda activa de empleo y debidamente inscrito en el servicio público de empleo o se aporte un informe de esfuerzo de integración emitido por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia que recomienden la prórroga. El informe, de ser favorable, certificará, entre otros elementos, el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia. Esta prórroga tendrá una vigencia de un año.
No obstante, se podrá prorrogar sin necesidad de acreditar los anteriores requisitos si concurren circunstancias que impidan el acceso al empleo por razones debidamente justificadas, tales como enfermedad grave o discapacidad de la persona solicitante, de su cónyuge o descendiente de primer grado menor de edad o mayores de edad que no sean objetivamente capaces de proveer sus propias necesidades debido a su estado de salud, así como en el supuesto de haber alcanzado la edad legal de jubilación. En estos casos, la prórroga tendrá una duración de cuatro años y tendrá la consideración de prórroga de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razón de arraigo extraordinario.»