What immigration status and rights result, how long do they last, can family be included, and what happens if the special qualifying circumstance ends?
A special-case transitory stay is a form of Transitory Stay. Foreigners admitted in a transitory-stay category may remain for a set period according to the nature of their entry, up to a maximum of 90 consecutive days, extendable once at the person's request for no longer than the period previously granted, at the discretion of the National Migration Directorate. These periods are peremptory: any extension or change of category must be requested before the permitted stay expires, otherwise the fines and other sanctions in the law and its regulations apply.
See recorded sources
Limits of the record- The law does not state a numeric maximum stay for the Art. 24 régimen especial itself (it runs with the length of the official mission/accreditation); the 90-day/one-extension ceiling quoted here is the general Estadía Transitoria rule that applies to the separate Art. 40.5 special-case carve-out.
- Ley N.o 6984/2022, Título II, Capítulo II, Art. 24 (Régimen especial)
Los funcionarios diplomáticos y consulares, los representantes e integrantes de organismos internacionales, los funcionarios administrativos y técnicos en misión de servicios y sus familiares, podrán optar por solicitar su radicación en el país.
- Ley N.o 6984/2022, Título III, Capítulo VII, Art. 42 (Plazo de permanencia transitoria)
Los extranjeros admitidos en alguna de las categorías previstas en el presente Capítulo, podrán permanecer en el territorio nacional por un período determinado de acuerdo al carácter de su ingreso y por un plazo máximo de hasta 90 (noventa) días corridos, prorrogables por una sola vez a pedido del interesado, por un plazo no mayor al otorgado con anterioridad a criterio de la Dirección Nacional de Migraciones.
- Ley N.o 6984/2022, Título III, Capítulo VII, Art. 43 (Solicitud de prórroga)
Los plazos otorgados por la Dirección Nacional de Migraciones, para la permanencia transitoria del extranjero en el territorio nacional son perentorios. De producirse la solicitud de prórroga o el cambio de categoría, deberá ser efectivizada antes del vencimiento del plazo de permanencia otorgado. En caso contrario se le aplicarán las multas y demás sanciones previstas en la presente Ley y su reglamentación.