How does the application work at a high level, what rights does the family member receive, how long does the status last, and how can it become independent or longer-term where officially stated?
The residence is permanent, for an indefinite period, and the holder enjoys the full range of rights under Art. 45; on dissolution of the marriage or union, the holder must apply for ratification of their migratory status. The official source does not state the application process.
See recorded sources
Limits of the record- The status-ratification procedure (Art. 49) changes on dissolution of the bond, but the Regulation does not say whether this can lead to loss of permanent-resident status, only that a new ratification request is required.
- Guatemala — Reglamento, Artículo 24
ARTÍCULO 24. Residencia permanente.
El estatus ordinario migratorio de residencia permanente le otorga a una persona extranjera permanencia legal en el país, por
un plazo indefinido; para obtener la misma se deben cumplir con los requisitos que se establecen en el Código de Migración,
el presente reglamento y demás disposiciones legales para el efecto.
- Guatemala — Reglamento, Artículo 49
ARTÍCULO 49. Ratificación de estatus de residente permanente.
En caso de: i) disolución del matrimonio, ii) cesación de la unión de hecho declarada legalmente, iii) dejar de percibir la pensión
o renta o iv) fallecimiento del titular rentista o pensionado; el extranjero residente deberá solicitar ratificación de su categoría
migratoria, debiendo presentar lo siguiente:
- Guatemala — Reglamento, Artículo 45
ARTÍCULO 45. Derechos.
Toda persona extranjera que haya obtenido residencia temporal o permanente en Guatemala goza de derechos, entre los
cuales se mencionan los siguientes:
a) Permanecer de forma legal en el país;
b) Ingresar y egresar del país sin limitación durante el tiempo de vigencia de la residencia temporal y permanente, salvo los
casos que establece la Constitución Política de la República de Guatemala, el Código de Migración y sus reglamentos;
c) Realizar actividades lícitas en el país;
d) Obtener el Documento Personal de Identificación como extranjero domiciliado;
e) Optar por nacionalidad guatemalteca, cumpliendo los requisitos para el efecto ante las entidades correspondientes;
f) Adquirir bienes y prestar servicios;
g) Apertura de cuentas bancarias en el país;
h) Adquirir domicilio legal en el país;
i) Solicitar autorización para ausentarse por más de un año del país, cumpliendo los requisitos establecidos en el presente
reglamento, sin necesidad de cancelar.